El BOE publica la circular de la Fiscalía que determina que agredir a un «nazi» puede ser delito de odio

Manifestantes nacionalsocialistas con en Helsinki.

“Una agresión a una persona de ideología «nazi» (nacionalsocialista), o la incitación al odio hacia tal colectivo, puede ser incluida en este tipo de delitos”, reza una Circular del organismo

La tipificación de los delitos de odio ha sido uno de los quebraderos de cabeza para la Fiscalía del Estado. el término abarca un amplio espectro de delitos, entre los que se encuentran aquellos motivados por factores como la xenofobia, el antisemitismo o, entre otros, la homofobia, todos ellos delitos cometidos con móviles discriminatorios. Ahora, según un informe de la Fiscalía, también se considera delito la incitación al odio hacia los nazis.

En la Circular 7/2019, sobre pautas para interpretar los delitos de odio tipificados en el art. 510 CP, el organismo señala que “el origen del delito de odio está relacionado con la protección a los colectivos desfavorecidos” pero desvincula la “vulnerabilidad “ de un colectivo como “elemento del tipo delictivo que requiera ser acreditado”, aclarando que es el legislador el que al incluirlo en el tipo penal, toma como punto de partida esa vulnerabilidad. El documento señala que tampoco es un elemento delictivo a acreditar “el valor ético que pueda tener el sujeto pasivo” del supuesto delito, por lo que “una agresión a una persona de ideología nazi, o la incitación al odio hacia tal colectivo, puede ser incluida en este tipo de delitos”.

El término delito de odio abarca un amplio espectro de delitos, entre los que se encuentran aquellos motivados por factores como la xenofobia, el antisemitismo o, entre otros, la homofobia, todos ellos delitos cometidos con móviles discriminatorios.

Dentro de estos se encuentran los delitos de incitación al odio, la violencia y la discriminación. “Consiste en incitar o promover al odio, violencia o discriminación mediante expresiones contra ciertas minorías o grupos discriminados, son delitos cometidos mediante actos expresivos y que tienen que participar de lo que instituciones europeas llaman discurso del odio”, apuntaba en una entrevista a este medio Jacobo Dopico, catedrático acreditado de Derecho Penal en la Universidad Carlos III de Madrid.

Tras el informe, el catedrático señala a través de Twitter que “la Fiscalía Gral del Estado dice que incitar al odio al colectivo de los nazis es un delito de odio. No se refiere a provocar directamente a agredir a nazis (art. 17) ni a la apología de delitos contra ellos (art. 18). Se refiere a la incitación al odio a los nazis”.

https://boe.es/boe/dias/2019/05/24/pdfs/BOE-A-2019-7771.pdf#BOEn